Bases legales del sorteo «Jornadas de Puertas Abiertas»

Bases legales del sorteo «Jornadas de Puertas Abiertas»

Bases legales del sorteo «Jornadas de Puertas Abiertas» 150 150 Isabel

PRIMERA.- Objeto
Con el objetivo de recopilar información sobre alumnos interesados en estudiar Grado en Turismo, la Fundación Fernando Casamayor, con domicilio social en Zaragoza, calle Ecce Homo 3, y provista de NIF númeroG 50763044 promueve el sorteo denominado “Sorteo Jornada Puertas Abiertas´´ (en adelante, el “Sorteo´´) el cual se regirá por las presentes bases legales (las “Bases Legales´´):
SEGUNDA.- Periodo de la Promoción
El plazo durante el cual se podrá participar en el Sorteo dará comienzo el 10 de enero de 2019 a las 00:00 horas (hora peninsular española) y finalizará el 20 de marzo de 2019 a las 23:59 horas (hora peninsular española), ambos inclusive.
TERCERA.- Ámbito territorial de la Promoción
La presente promoción será válida en todo el territorio de España.
CUARTA.- Naturaleza de la Promoción
La participación en la presente promoción es gratuita y se articulará bajo la mecánica de Sorteo con mano inocente.
QUINTA.- Condiciones de participación
Podrán participar en el Sorteo todas aquellas personas físicas, en su condición de consumidores, que actúen con un propósito legítimo de información sobre el grado y que dejen conscientemente sus datos a través de una ficha de inscripción.
SEXTA.- Limitación de participación
Quedan excluidos de la participación en la presente Promoción los empleados de la Fundación Fernando Casamayor y de la Escuela de Turismo de Zaragoza.
SÉPTIMA.- Premios
Se otorgará un (1) premio triple valorado en quinientos euros (500€) en total, repartido de la siguiente forma:
• Un smartwath para el participante premiado con el primer premio .
• Un altavoz bluetoht para el participante premiado con el segundo premio .
• Unos auriculares inalambricos para el participante premiado con el tercer premio

En adelante el “Premio”.
El Premio quedará sujeto a las siguientes condiciones:
• El Premio no podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación alguna a petición del participante premiado.
• Se podrá renunciar al premio obtenido, pero en ningún caso se ofrecerá un premio alternativo, ni dicha renuncia dará derecho a indemnización o compensación.
OCTAVA.- Mecánica del Sorteo y notificación de los Premios
8.1. Todos los nombres registrados en las fichas de la Escuela de Turismo serán registrados en una base excell con una numeración correlativa a su orden de inscripción.
8.2. El día de la Jornada de Puertas Abiertas se meterán tantos números como incritos haya en una bolsa. Uno de los participantes de la Jornada será el responsable de sacar tres números que serán los tres premiados. El primer premio será la primera bola, el segundo premio la segunda bola y el tercer premio la tercera bola.
Fundación Fernando Casamayor y Etuz se reserva el derecho de modificar la fecha de celebración del Sorteo cuando concurran causas suficientes que así lo justifiquen.
Fundación Fernando Casamayor y Etuz facilitará el listado de participantes y será posible consultarlo en una de los tablones de anuncios de la escuela, durante el día de la Jornada.
NOVENA.- Notificación de los Premios y requisitos para su entrega
Dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la celebración del Sorteo, la Escuela se pondrá en contacto con los Ganadores por la vía establecida en su relación con los clientes, para comunicarles su condición de ganador del Sorteo.
DECIMA.- Exoneración de responsabilidad
En la presente promoción, Fundación Fernando Casamayor y la Escuela de Turismo de Zaragoza, quedan exoneradas de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de cualquier circunstancia imputable a terceros que pudiera afectar al desarrollo de la mecánica del Sorteo y, en especial a la entrega de los Premios.
En el mismo sentido, las entidades descritas no serán en ningún caso responsables de cualesquiera daños, de cualquier naturaleza, directos, indirectos y/o circunstanciales, ya sean inmediatos o diferidos, que pudieran aparecer con ocasión o como consecuencia del disfrute del Premio.
DECIMOPRIMERA.- Reclamaciones
Cualesquiera reclamaciones que se originen por causa del presente Sorteo deberán presentarse dentro del plazo de los tres (3) meses siguientes a la fecha de celebración del Sorteo.
DECIMOSEGUNDA.- Política de privacidad
Las Entidades Adheridas utilizarán los datos de carácter personal de sus clientes para identificar al Ganador y, en su caso, Suplentes del Sorteo.
A este respecto, las Entidades Adheridas se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, así como con la normativa nacional que resulte aplicable, y con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la información y de comercio electrónico.
Los participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y cualesquiera otros reconocidos en la normativa vigente en materia de protección de datos que pudieran corresponderles, en la forma establecida que regule su relación con la Entidad Adherida a través de la cual hayan operado en el Servicio.
DECIMOTERCERA.- Autorización de utilización de nombre y cesión de derechos de imagen
Tanto los Ganadores los participantes al sorteo autorizan a SdPP a reproducir y utilizar su nombre, apellidos e imagen, en cualquier actividad publicitaria o promocional en cualquier soporte o medio de comunicación (TV, Internet, Redes Sociales u otros) relacionada con el presente Sorteo, en todo el mundo y con una duración temporal de dos (2) años a contar desde la fecha de aceptación del Premio, sin que ello le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno, a excepción del Premio recibido. Las creaciones, cualquiera que sea su modalidad, que pueda elaborar Fundación Fernando Casamayor a los efectos antes enunciados, serán titularidad de Fundación Fernando Casamayor y se entenderá que, en virtud del Premio recibido, el participante premiado cede en exclusiva todos los derechos de explotación sobre los mismos, siempre que ello no implique modificación de los datos personales del participante premiado.
Dicho consentimiento podrá ser revocado, en cualquier momento, por los Ganadores, debiendo indemnizar, en su caso, a Fundación Fernando Casamayor por los daños y perjuicios causados.
DECIMOCUARTA.- Aceptación de las Bases Legales
La participación en el Sorteo supone la aceptación íntegra de las presentes Bases Legales, así como la aceptación del criterio de Fundación Fernando Casamayor en las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe.
DECIMOQUINTA.- Modificaciones
Fundación Fernando Casamayor, en el caso de existir causas de fuerza mayor ajenas a su control, se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio, suspender, acortar o ampliar este Sorteo, comprometiéndose a dar a dichas modificaciones el mismo grado de publicidad que a las presentes Bases Legales, mediante su actualización en la página web de la Escuela Universitaria de Turismod e Zaragoza https://www.etuz.es
DECIMOSEXTA.- Legislación aplicable y fuero
La presente promoción se regirá por el derecho español común vigente.
Para toda controversia que pudiera surgir de la interpretación y aplicación de las presentes Bases Legales, tanto Fundación Fernando Casamayor, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Zaragoza capital, sin perjuicio del fuero que por ley pudiera corresponder al consumidor.
DECIMOSÉPTIMA.- Depósito de las Bases Legales ante Notario
Las presentes Bases Legales están publicadas en la web www.etuz.es

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